Hoy ha salido el séptimo capítulo de la serie creada por la UGT de Catalunya ha llamada “Las mentiras de la crisis” con 10 capítulos, en las que entre otros actores interviene David Fernández. La serie se emite un capítulo cada dos días por la web www.mentirasdelacrisis.net/.
En este capítulo se analiza la mentira sobre que tenemos unos salarios muy altos.
El despido en España es libre pero no gratuito. La única protección para el trabajador es la indemnización. Antes de la crisis 1 de cada 3 trabajadores era temporal.
Como complemento dejo enlace a tres post que explican porqué el nivel de protección y el desempleo no tienen relación:
- Los estudios económicos y los datos indican que la protección del empleo y el nivel de paro no están correlacionados
- Deconstruyendo la reforma laboral I: ¿qué objetivos se consiguen modificando la indemnización por despido?
- Deconstruyendo la reforma laboral II: lo que se consigue con las nuevas causas de despido “objetivo” y descuelgues de convenio
Si la reforma laboral sirve para reducir la temporalidad, ya solo por eso merecería la pena. Aunque no cree empleo, reducir la temporalidad ya supone una importante mejora de la calidad de vida de mucha gente y seguramente un aumento de la productividad.
Como especificas en uno de los posts, la diferencia del coste que tiene para la empresa la indemnización por despido improcedente de un contrato estable en otro temporal, va a bajar en muchos casos de 37 días por año trabajado a 13 días. La diferencia es sustancial. Para la empresa el principal atractivo de los contratos temporales es la flexibilidad que da en términos de coste de despedido, fuera de eso hay desventajas, porque los trabajadores en precario son menos productivos. Este cambio en de 37 a 13 días sobre el papel es una diferencia significativa para la empresa a la hora de plantearse si hacerle a una persona en el paro si hacerle contrato temporal o de fomento del empleo, o si pasar a una persona con la que están contentos de un contrato a otro cuando se le termina el contrato temporal.
Pero la reforma no se limita a eso, junto con algún otro punto más discutible hay otros que no veo mal:
• Facilidades para el descuelgue de los convenios colectivos en empresas con dificultades cuando empresa y trabajadores están de acuerdo
• Profundizar en el “modelo alemán” para empresas golpeadas por la crisis, ofreciendo reducciones de cotizaciones y prestaciones para trabajadores con reducción de jornada
• Me parece bien dar una oportunidad a empresas de colocación privadas. Por lo menos se pueden poner codo con codo con el INEM a ver quien lo hace mejor.
Gulliver:
¿Te has leído los Papers de FEDEA o del CREI que rechazan la creación de empleo con los costes de despido?. Ya dije que esto se tenía que negociar, pero en cuanto comenzara a crearse empleo para que la reducción de costes de despido fuera realizada por ejemplo con una mayor inversión en políticas activas de empleo o una mejora en las prestaciones.
Las facilidades de descuelgue de los convenios va a funcionar en Pymes donde el acuerdo va a ser “Paco ahora vas a cobrar menos que la cosa está muy malita” allí donde la capacidad de negociación es inferior. Es una puerta para cargarse la negociación colectiva.
Y las empresas privadas van a hacer que haya parados de primera y de segunda, ya que los de baja ocupabilidad no van a tener la atención por parte de los servicios (ex-públicos) de empleo al no ser rentables.
“¿Te has leído los Papers de FEDEA o del CREI que rechazan la creación de empleo con los costes de despido?. ”
Yo no he hablado de creación de empleo, sino de reducir la temporalidad. En cuanto a los papers, no los conozco, si pones enlaces les puedo echar una mirada.
Entre las pymes que abusan de su posición y los EREs que se podrían evitar con flexibilidad salarial tiene que haber un término medio.
En cuanto a los parados, ahora son todos de segunda en el INEM a la hora de ayudarles a encontrar empleo. Si algunos pasan a la primera división ya es algo.
Lo que si he mirado son los papers que enlazas en los tres posts
Hay un sistema rápido de transformar temporales en indefinidos, todos 12 días de indemnización y ya está… Te vuelvo a decir, las reformas pactadas en crecimiento de empleo reducen la temporalidad de verdad (la reforma del 2006 la redujo en 5 puntos), las que se hacen cuando el empleo no se genera no reduce la temporalidad sólo facilita el despido de trabajadores indefinidos.