El ministerio de cultura intenta pasar de tapadillo una modificación de la ley de sociedad de la información que nos puede dejar a los usuarios de internet en cierta indefensión.
Lo que más le hecho en cara a esta ley es que el cierre del acceso a internet nos lo puede realizar una administración y no un juez, como si de una licencia municipal se tratara.
Este tratamiento de internet como si de un permiso administrativo se tratara y como tal puede ser retirado es un error. La diferencia entre un velador de un bar y el acceso a internet, es que el primero el propietario hace un uso privativo de un bien común (la vía pública) por el que paga, y el segundo forma parte del derecho a información y a la libertad de expresión, aunque también lo pagues (como pagarías por un libro o un diario). Aunque estos derechos pueden ser utilizados para un ilícito eso no implica que sea la administración y no un juez que lo determine y pueda efectuar el corte al acceso a internet.
Que el derecho a que los autores puedan lucrarse de su actividad es algo que hay que defender, hay varias opciones que no necesitan violar los derechos fundamentales de los ciudadanos.
Se ha realizado un manifiesto por parte de una cincuantena de internautas para que “la comunidad bloguera” nos sumemos a él. En esta ocasión, a pesar de como ya he aclarado no estoy de acuerdo con el borrador de modificación de la ley, tampoco puedo suscribir todo el manifiesto y reproduciré únicamente los puntos en los que sí que los suscribo. Mis objecciones es que hay cierta dialéctica antiestatalista que no quiero que me cuelen por la puerta de atrás de un manifiesto común (yo sí que pienso que son las administraciones las que han de ser garantes del bien común) ni tampoco creo que tengamos que ser la comunidad internauta quienes le digamos a los autores y editores como ganarse la vida o dejar de ganársela.
1.- Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.
2.- La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial -un organismo dependiente del ministerio de Cultura-, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.
8.- Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.
Tampoco estoy de acuerdo que sea Enrique Dans o cualquier otro gurú el que hable “en nombre de los internautas”, es obligación del ministerio escuchar a la red pero también es su obligación legislar y al igual que me parece indigno que la SGAE actúe como lobbye, también me parece que una comunidad no organizada y sin entidades que nos representen o reconocidas alguien se erija como representante o portavoz. Creo que la posición de muchos internautas ya ha quedado reflejada en mails, blogs, (y ya que estamos amigos blogueros podemos hacer catas al director, cartas al ministerio, etc…) como para que el Ministerio no tenga que ir a que se lo cuente un tal señor Enrique Dans, Nacho Escolar o cualquiera que se autoerija en portavoz de una comunidad no organizada.
Totalmente de acuerdo contigo.
Felicidades tio, tus palabras han sabido reflejar en texto todas y cada una de las partes de mi pensamiento sobre este respecto. Muy buen artículo.
Plenamente de acuerdo. Os quisiera dejar un sitio muy interesante de licencias. Espero os sirva
Saludos