Pequeña reflexión sobre las lenguas de la república catalana
Política

Pequeña reflexión sobre las lenguas de la república catalana

norma_i_c_prova_400.jpg_1820020395Un reciente manifiesto firmado por el grupo Koiné ha vuelto a abrir el debate de las oficialidades de las lenguas de una hipotética república catalana. Aunque originalmente era defensor de la cooficialidad del castellano y del catalán encuentro que hay posiblemente mejores soluciones que logran superar el bloqueo que la palabra fetiche “oficial” puede provocar. El debate puede ser más constructivo cuando le damos más tridimensionalidad y compartimos que tipo de país queremos en un futuro en lugar de pelearnos por una solución institucional u otra.

Dejo aquí estas reflexiones sobre las lenguas de la república catalana:

1. Reconocimiento de las lenguas, algo más allá de un estatus jurídico

Catalunya es un país en el que hay muchos idiomas, dos de los cuales son preponderantes en casi todo el territorio, su reconocimiento no debería definirse por términos “oficial” o “no oficial” o su estatus jurídico. La oficialidad es un término jurídico que tiene diversas interpretaciones, en algunos países acostumbra a indicar unas obligaciones de las instituciones respecto a sus hablantes, pero en otras constituciones ese reconocimiento ha estado luego vacío de contenido e idiomas oficiales han terminado siendo minorizados al no haber un reconocimiento y una utilidad social real. Describir la situación de las dos lenguas más fuertes que hay en Catalunya (además del aranés) tiene que hacerse más en términos de identificación lingüística y en términos de reconocimiento sociológico y no dejarlo en términos púramente jurídicos.

Centrarnos únicamente en reconocimientos legales de las lenguas es reduccionista. Los estatus legales de una lengua únicamente indican intencionalidades del legislador, ni la situación ni reconocimiento social de cada idioma. En este caso es una mejor aproximación la definición que hace Luís Cabrera como lengua propia (el catalán), la que tiene en Cataluña su origen y uno de los pocos lugares en donde desarrollarse, y lengua adoptada (el castellano), lengua materna de prácticamente la mitad de los catalanes. Equivalente sería el caso de Arán donde la lengua propia sería el aranés y las adoptadas serían el catalán y el castellano y posiblemente el francés.

2. La necesidad de la asimetría institucional

Catalunya vive una situación anómala de bilingüísmo social gracias al tenaz esfuerzo de los hablantes por salvar el catalán a la vez que el castellano ha ido produciendo un proceso de sustitución lingüística que solo se ha frenado en las últimas décadas.

El catalán ha aumentado en número de hablantes desde la implantación de la inmersión lingüística y las políticas lingüísticas impulsadas por las administraciones catalanas (tanto a nivel autonómico como municipal). Para mi uno de los grandes logros es que prácticamente medio millón de  nuevos hablantes del catalán han pasado a transmitir el catalán como lengua vehicular familiar a sus hijos. La inmersión no solo ha permitido que el catalán lo entienda un gran número de ciudadanos sino que algunos de esos nuevos hablantes pasen a utilizarlo no como segunda lengua sino como lengua familiar.

Sabemos que incluso en un estado independiente,sin estas políticas asimétricas, el catalán estará amenazado.

Aún así esta asimetría y la inmersión no es suficiente. Los lingüistas reconocen que la inmersión no se está haciendo con toda la energía que corresponde y que la calidad del catalán que terminan adquiriendo los nuevos hablantes no es tan alta como cabría esperar. También hay ámbitos de la sociedad, como la justicia, donde el catalán es prácticamente inexistente.

A esta insuficiencia hay que añadir que parte de las instituciones, básicamente aquellas dependientes de la Administración General del Estado, se dedican a laminar esa a boicotear la presencia del catalán de forma activa o pasiva. El caso de la marginación de los catalanohablantes en la justicia es el más evidente, pero no el único.

Cuando la administración general del estado y las leyes estatales sabotean el esfuerzo que hacen las instituciones y la sociedad catalanas para mantener sano y vivo el catalán eso hace que la salud del catalán sea más baja de lo deseable y por tanto los derechos lingüísticos de sus hablantes sea inferior a la de los derechos de los que tenemos el castellano como principal lengua de uso habitual.

El castellano no vive la amenaza de desaparecer socialmente en Catalunya, ni hoy ni en el caso hipotético de la independencia. La potencia mediática, audiovisual, de productos de ocio, de oportunidades de negocio, etc.. del castellano garantiza que seguirá siendo utilizado independientemente de las acciones de las instituciones. El ejemplo lo tenemos en las repúblicas bálticas, donde el ruso sigue siendo una lengua importante, o en la influencia del alemán en los países de la cuenca del Danubio.

3. El estatus jurídico, de la defensa de la cooficialidad a una administración al servicio de los ciudadanos

Hay dos planteamientos sobre el reconocimiento jurídico de los dos idiomas (junto el aranés) que hemos identificado como lengua propia y adoptada.

Una forma es continuar con la situación actual en la que existen dos lenguas oficiales, catalán y castellano, además del aranés. Se supone que al desaparecer el efecto laminador de un estado español que sabotea las leyes catalanas, nos permitirá desarrollar reglamentos lingüísticos sin que tribunales españoles puedan dejarlos sin valor. Se supone que esto ya sería una mejora respecto a la situación actual y que permitiría salvar y respetar los derechos lingüísticos, ahora amenazados, de los catalanohablantes.

Otra forma es adoptar modelos lingüísticos en los que no existan lenguas oficiales, al estilo anglosajón, y que permiten más flexibilidad al legislador, en el texto constitucional se puede expresa el deseo genérico de un respeto y garantía de derechos de las lenguas propias (catalán y aranés) y de la lengua adoptada (castellano) y de sus hablantes pero sin los condicionantes que tiene la palabra “oficial”.  Este sería el modelo al que se han referido entre otros Antonio Baños.

A la práctica lo que buscamos es que los hablantes de la lenguas propias y de la lengua adoptada tengan reconocido su uso en las instituciones, que puedan dirigirse a estas en cualquiera de las dos.(tres en el caso de Arán) y ser atendidos en ellas, pero no siempre de forma simétrica. Por ejemplo, podemos querer que el castellano (y otros idiomas) sean presentes en la sanidad de forma pareja al catalán (donde prima la comprensión de los tratamientos y atención al ciudadano) pero no en la enseñanza (donde queremos primar la inmersión) o en las instituciones legislativas (donde el documento con valor legal en caso de duda siempre sea la versión en catalán del texto, tal y como se produce con la legislación catalana actual). Queremos un modelo que no reste derechos directos a los ciudadanos pero permita esas asimetrías que hagan que el catalán (y el aranés) puedan prestigiarse y ser lengua de utilidad, y hacer necesario paulatinamente tener competencia lingüística en catalán si se ha de vivir en Catalunya y así garantizar su perdurabilidad y vida social.

Una aproximación cooficialista intenta garantizar estos derechos en base al estatus de la lengua, confiando que los tribunales no serán muy intrusivos en los reglamentos y leyes lingüísticas que permitan esa asimetría necesaria para que el catalán sobreviva.

Una aproximación aproximación más flexible sin lenguas oficiales deja más margen al legislador y tiene unas salvaguardas garantistas menos duras que dependen de las mayorías sociales y no tanto de unos tribunales hiper-intrusivos.

Ambas pueden conseguir esos objetivos ya que el legislador se verá obligado a establecer reglamentos administrativos y leyes que reconozcan esos derechos a los hablantes a la vez que puede intentar crear esa asimetría. Ambas, pero tienen puntos fuertes distintos.

Ventajas e inconvenientes de la cooficialidad

La ventaja de la primera es que utiliza un lenguaje que genera seguridad en los actuales hablantes de ambas lenguas. Al utilizarse el status quo jurídico actual puede evitarnos debates que generen fricciones sociales. Esto siempre será a costa de la renuncia de una parte de este mundo a expresar unos legítimos miedos a que ese status quo se utilice para seguir combatiendo judicialmente los reglamentos y políticas asimétricas a favor del catalán. Este sería el modelo más “garantista” y el que explicaría que la situación lingüística no cambiaría.

Como crítica se puede establecer que el “status quo” posiblemente alargue problemas que tiene hoy en día el catalán (y por tanto una pérdida de derechos de los catalanohablantes) ya que la inercia institucional social puede ser tan demoledora como las injerencias del estado español. También la situación de “lengua oficial” del castellano puede ser utilizada por parte de una minoría social para sabotear, vía judicial, todas las leyes y reglamentos asimétricos. La amenaza de uso de esa oficialidad para garantizar una paridad en la presencia de las lenguas en todos los ámbitos existe y requeriría un diseño jurídico muy sólido para evitar que tribunales garantistas catalanes desmantelen el modelo lingüístico catalán.

Ventajas e inconvenientes de la inexistencia de lenguas oficiales

La ventaja de la no existencia de lenguas oficiales es que focaliza los derechos en los ciudadanos, las cuestiones jurídicas se dirimen como derechos individuales cuya aplicación puede ser interpretada por el legislador en base a las mayorías sociales existentes en cada momento y en cada territorio. La política lingüística queda mucho más libre y flexible, se pueden crear asimetrías más marcadas si son necesarias. La política lingüística queda más en manos de las leyes y los reglamentos y deja una Constitución mucho menos detallista y legalista. Evitaríamos el abuso del término “oficial” para extender garantías judiciales más allá de las que desea el cuerpo social y que pueden ser utilizadas como palanca de ruptura por una minoría de esa asimetría necesaria para que perviva el catalán. Además este modelo evita que la palabra “fetiche” de la oficialidad o cooficialidad que genera debates encendidos sea punto de confrontación entre las diversas formas de ver la política lingüística del nuevo estado y permite que este debate se produzca de forma más continua, sana y dinámica después de la nueva Constitución.

La crítica que se le puede hacer a este modelo es que la sociedad catalana viene de una tradición “continental” a la francesa con lenguas oficiales y no de una tradición nórdica o anglosajona y que les puede resultar ajena la idea de un país sin lenguas oficiales sino con lenguas propias y adoptadas que no fijan estatus jurídicos, por otro lado también se argumenta que puede generar desconfianza en un sector de castellanohablantes que tengan miedo a que se encuentren en un nuevo estado en una situación de desamparo lingüístico parecido al de los catalanohablantes en tiempos históricos.

En todo caso me atrevo a decir que el miedo no es a perder un status jurídico del castellano sino es a perder derechos, cosa que los reglamentos y leyes no harían. Por ello si se optara por esta vía sería necesario dibujar un modelo lingüístico y avanzar el dibujo de algunas de las leyes básicas lingüísticas en el debate preconstitucional que permita construir un nuevo consenso lingüístico. En este aspecto la sociedad catalana ha sido ejemplar a la hora de crear onsensos y pactos lingüísticos. El ejemplo lo tenemos con la creación y la implantación de la inmersión partiendo de cero.

Los riesgos de la sociedad bilingue

A largo plazo, hemos de contemplar como fundados los miedos de una parte de los sociolinguistas que temen que una situación de bilingüismo social termine dialectizando el catalán, o bien sufriendo un proceso contínuo de sustitución que a largo plazo terminaría por hacerlo desaparecer. Aunque este no es un debate cerrado, ya que hay sociolinguistas que defienden que esto no se produciría, en la gestión de políticas públicas nunca podemos dejar de lado un riesgo de este tipo.

Los modelos de sociedades multilingües funcionales como Finlandia existen, pero nunca la lengua propia (el finlandés) compite con lenguas hegemónicas (como el ruso) sino con lenguas con fuerza pareja (el sueco) o minoritaria (el suomi). En Finlandia no se plantearon que el ruso fuera cooficial o defender su uso en las administraciones debido a que podría acabar con el propio finlandés. Tenemos dos ejemplos donde dos lenguas hegemónicas han sido cooficiales y han terminado aniquilando los idiomas minorizados. En el caso del bieloruso la cooficialidad ha significado que el ruso, la super-lengua regional, a la práctica sea la única lengua oficial. En el caso Irlandés la cooficialidad ha conllevado el reconocimiento tácito de la muerte del gaélico. Ningún estado moderno con lenguas de fuerza media o pequeña ha introducido la cooficialidad de lenguas claramente mucho más fuertes, o han optado por oficiliades o los reconocimientos son solo regionales (Dinamarca con el alemán en la región Schleswig) o bien han optado por no tener lenguas oficiales (Holanda).

Un escenario que no nos lastra en un futuro es explicitar las lenguas oficiales a través de los reglamentos y leyes de la forma asimétrica que deseemos, por ejemplo si definimos el catalán como lengua vehicular de la enseñanza y no el castellano ya estamos marcando que la lengua “oficial” de la enseñanza es el catalán, en cambio decidimos que el lenguaje administrativo el castellano y el catalán pueda ser idioma con el que los ciudadanos interactuar con la administración, pero definimos que las actas administrativas oficiales se hagan el catalán estaremos definiendo la oficialidad de ambas lenguas pero de forma asimétrica.

Este modelo nos permite tener la flexibilidad para partiendo de unos reglamentos y leyes lingüísticas parecidos a los actuales ir adaptándonos a la situación lingüística de cada momento y a la intención de la mayoría social. Si realmente los miedos de una parte de los sociolingüistas fuera real i el catalán se viera amenazado, tan solo el simple cambio de leyes y reglamentos puede ir modulando los mecanismos para adaptarse a la nueva realidad y a los nuevos retos. En cambio la explicitación de las lenguas oficiales en la Constitución obligaría a afrontar un cambio constitucional, siempre mucho más complicado.

 

La sociedad catalana y sus soluciones para definir sus modelos lingüísticos no pueden estar lastrados por formulaciones jurídicas constitucionales, de mucho más difícil capacidad de cambio que reglamentos y leyes. La sociedad catalana, con experiencia demostrada en mantener buenos estándares de convivencia con distintas culturas y lenguas en su seno, ha de poder reaccionar mucho más rápidamente que con un cambio constitucional a una posible dialectización del catalán como teme una parte importante de los socilingüistas o a una pérdida de su uso social o a abusos de una minoría de estas leyes y reglamentos para retorcer las leyes catalanas vía judicial.

Por ello seguramente una formulación constitucional que no defina la lengua oficial sino que permita a las leyes y reglamentos establecer las lenguas oficiales en cada ámbito y de la manera que sea más útil permita dotarnos de ese margen de flexibilidad futura.

Soc coordinador de la revista electrònica i xarxa de bloggers www.socialdemocracia.org, webmaster de la UGT de Catalunya i militant del PSC.

2 thoughts on “Pequeña reflexión sobre las lenguas de la república catalana

  1. Enhorabona per l’anàlisi, molt aclaridora, de veritat. Només voldria fer-te un incís, per a no contribuir a escampar allò del “igual que con Franco pero al revés”. Quan dius “castellanohablantes que tengan miedo a que se encuentren en un nuevo estado en una situación de desamparo lingüístico parecido al de los catalanohablantes en tiempos históricos” cal remarcar que el desamparament no seria mai igual (ni tan sols paregut) al dels catalanoparlants en el passat. Aquests segons no tenien cap altre territori (si exceptuem Andorra) on poder exercir els seus drets lingüístics, ni cap estat estranger que els fera costat. Els castellanoparlants en una hipotètica república catalana que no reconeguera cap dret lingüístic als castellanoparlants continuarien tenint, en canvi, un Estat espanyol (i un grapat d’estats més a Amèrica), amb un mercat cultural, comercial, audiovisual, etc. en espanyol darrere. La república catalana no anoerraria lingüísticament Espanya i els països castellanoparlants d’arreu del món. Espanya en canvi sí que va anorrear el 90% dels territoris catalanoparlants del món. És a dir, el “como con Franco pero al revés” hauria sigut si la Generalitat governara a tot Espanya i haguera prohibit l’ús del castellà no només als Països Catalans, sinó a tota l’Espanya castellana.

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